Por Elizabeth Rivera Avelar
El alcalde de Puerto Vallarta, Luis Alberto Michel Rodríguez ahora recurrirá a la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para ejercer su derecho de buscar la reelección en el cargo, dijo que él no está en contra de que una mujer sea postulada a ese puesto.
“Bueno, él manifestó, y como todavía no soy candidato, que ese recurso por eso no lo consideró. De esa forma fue la resolución. Espero que lo vean con apego a la ley, nada más, porque finalmente yo ya soy un aspirante, pero lo desechó, y ahora voy a hacerlo valer en otro instante. Yo voy a seguir buscando un tema que sea legal, que se ajuste, y está ajustado mi petición, porque es una reelección a la que tengo derecho constitucionalmente. Yo no estoy en contra, estoy a favor de que todos puedan participar, porque todos tienen un derecho, todos tienen un corazoncito, así es de que vamos a ver el punto de vista legal, y adelante, el que tenga el derecho que se le dé, si le existe, no hay problema”, expresó.
Cabe destacar que el Tribunal Electoral del Estado de Jalisco (TEEJ) declaró improcedente el reclamo de Luis Alberto Michel que pretendía echar abajo la resolución del acuerdo del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco (IEPCJ) con respecto al lineamiento para el registro de candidaturas y criterios de reelección en la postulación de candidaturas a cargos de elección popular para el proceso electoral local, además de los mecanismos de verificación de la paridad de género y las disposiciones en favor de los grupos en situación de vulnerabilidad en la postulación de candidaturas de las coaliciones, regulación que derivó en que el partido Morena deba de nombre a una mujer en la candidatura por Puerto Vallarta.
Luis Alberto Michel espera que ahora el Tribunal Federal en materia electoral resuelva el recurso con apego a la ley y garantice su derecho constitucional a la reelección.
Luis Alberto Michel dijo que está dispuesto a acatar los resultados de una encuesta de preferencias electorales para la definición de qué persona debe ser la candidata.