La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó por unanimidad la condena civil contra el productor Luis de Llano por el daño moral causado a la cantante Sasha Sokol, con quien mantuvo una relación cuando ella tenía 14 años y él 39. La resolución ordena reparar el daño, ofrecer una disculpa pública, tomar un curso de prevención de abuso sexual y abstenerse de hablar nuevamente del caso o de la artista.
El proyecto del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, aprobado sin cambios, también sienta un precedente clave: en casos de abuso sexual infantil no habrá prescripción para demandas civiles, cuando no proceda la vía penal. Pardo destacó que prácticas como el grooming dificultan que las víctimas identifiquen el abuso, especialmente en contextos donde existe desigualdad de poder, género o normalización social.
Sasha Sokol denunció públicamente el abuso en 2022, décadas después de los hechos, y afirmó que cualquier compensación económica será donada a la organización ADIVAC, dedicada a combatir el abuso sexual infantil. La Corte atrajo el caso en 2024 por su relevancia constitucional y concluyó que los derechos de las víctimas deben prevalecer sobre la prescripción legal.
