Por Rodrigo Rivas Uribe
Usuarios de patines eléctricos se pronunciaron en contra de que la regulación a este tipo de vehículos establezca un tope máximo de velocidad en 25 kilómetros por hora para circular, pidieron que se consideren los casos donde tengan la posibilidad de alcanzar un mayor margen y no los excluyan. Hablan Pablo Treviño y Rigoberto Romero Alvarado, integrantes de colectivos de usuarios de scooters.
“Donde se consideren aquellos patines eléctricos que sí superan los 25 kilómetros por hora, este ya que no somos motocicleta y tampoco somos pues un carro como tal; entonces sí quisiéramos tener este este espacio aquellos que sí superamos los 25 kilómetros por hora. Habemos usuarios que sí necesitamos un scooter con cierta potencia, varios usuarios que tenemos vehículos que circulan o pueden tener la potencia para circular a más de esa velocidad, que no sea una cuestión de exclusión a los vehículos”, señalaron.
La reforma a la Ley de Movilidad para regular la circulación en patines eléctricos no considera sanciones, pero sí restricciones como velocidad máxima de 25 kilómetros por hora, abstenerse de circular en pasos a desnivel, puentes vehiculares, vialidades que superen los 40 kilómetros por hora o en sentido contrario de las calles.
Los usuarios deberán utilizar bandas reflejantes y luces para uso nocturno, casco, timbre, luz frontal y direccional trasera, entre otras especificaciones. No podrán circular en zona peatonales y se clasifican como Vehículos Eléctricos de Movilidad Personal, que son cualquier dispositivo de dos o más ruedas que se propulse por motor eléctrico o cualquier mecanismo que utilice otro tipo de energía para su impulso.
