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Dejan a municipios regulación de patines eléctricos

Foto: www.caser.es

Ante la proliferación del uso de patines eléctricos, los municipios deben considerar regularlos en sus reglamentos, comentó la diputada Mónica Magaña Mendoza, presidenta de la Comisión Legislativa de Movilidad. Explicó que en la ley están contemplados como elementos de movilidad activa y no como automotores.

“Hay municipios donde los vemos más, Guadalajara o Zapopan, y que los vemos transitando, pero en la banqueta o en la ciclovía; entender que es necesario reglamentarlos desde la función municipal, porque no hay que olvidar que en la ley están ya clasificados como movilidad activa, entonces todo lo propio de la ley les aplica también. ¿Entonces quedarían en los reglamentos municipales? Así es”, precisó.

Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte Público de Jalisco considera a los patines eléctricos como un vehículo no motorizado, mientras no alcancen velocidades mayores a 25 kilómetros por hora. Y son vehículos recreativos si llegan a una velocidad máxima de 10 kilómetros por hora.

La legislación señala que son obligaciones que deben cumplir los usuarios de vehículos para la movilidad, respetar en sus derechos a todos los demás sujetos de la movilidad, dando prioridad al orden de preferencia y responsabilidad de la jerarquía de la movilidad prevista en la ley y su reglamento, donde el peatón es el actor principal. También cumplir con las disposiciones mínimas de seguridad, en materia de circulación.

Rodrigo Rivas

Por Rodrigo Rivas Uribe

Reportero