• Vie. Nov 22nd, 2024

El Instituto Electoral de Participación Ciudadana del estado de Jalisco (IEPCJ) modificará su campaña de promoción del voto denominada “Votar es Chingón”, esto tras la queja de Morena, que sostienen que la frase es idéntica a la que utiliza la candidata presidencial de la alianza opositora del PAN, PRI y PRD, Xóchitl Gálvez.

La autoridad electoral respondió que los argumentos de los morenistas están totalmente infundados y que el eslogan de la campaña está totalmente justificado, sin embargo, lo modificará” como buena voluntad y para evitar que después se use como argumento de supuesta parcialidad.

El organismo electoral apuntó que la campaña se basó en el análisis de la participación electoral, estadísticas demográficas, estudios de opinión, grupos de enfoque y un “arduo trabajo creativo”.

Puntualizó que la participación electoral ha ido a la baja, y destacó que en 2021 se registró la menor en la historia democrática de Jalisco con 48% y que el grupo que menos participa en las elecciones son los jóvenes de 19 a 35 años, población que constituye el 40% de las personas con derecho a votar y sin embargo, menos de la tercera parte de esos ciudadanos y ciudadanas votan.

Por el momento, las autoridades electorales no han definido qué palabra utilizarán en sustitución, esto lo determinará el Instituto en su conjunto.

La decisión se dio como respuesta a la solicitud del oficio número OPL/MORENA/013-2024, registrada bajo el folio 00280, que realiza la siguiente consulta:

“¿Es posible que este Consejo General modifique la estrategia de comunicación política empleada por este Instituto, con la finalidad de evitar la vinculación entre este Instituto y una precandidatura a la Presidencia de la República, al guardar identidad de uso respecto de la expresión ‘Chingón’ con fines proselitistas en favor de la C. Xóchitl Gálvez?”, cuestionó Morena.

El IPCJ respondió que contrario a lo que sostiene el partido Morena, los mensajes difundidos por ese organismo no generan confusión alguna con los promocionales de la mencionada precandidatura presidencial, ni muchos menos implican apoyo a alguna persona contendiente en el proceso electoral concurrente por los siguientes motivos:

  • El contenido de los mensajes del IEPC expresa un contexto local propio que evidencia los aspectos positivos del ejercicio del voto para la democracia y el desarrollo social.
  • La palabra “chingón” es un término coloquial propio del lenguaje común que no se asocia a una precampaña específica o postura política concreta, por lo que el hecho de que sea empleada por alguna precandidatura de ninguna manera implica apoyo a quien la utiliza.
  • La publicidad desarrollada por este organismo público local es de carácter institucional y se da en el marco del proceso electoral local, mientras que la precandidatura que se alude como beneficiaria de la publicidad compite en una elección -la presidencial- que no organiza esta institución electoral.
  • La valoración contextual permite advertir que el contenido de los promocionales institucionales se circunscribe al ámbito local y a promover el ejercicio general del voto, de modo que no trascienden a la competencia electoral en favor de alguna precandidatura, partido ni coalición.
  • Los colores, símbolos, tipografía, palabras y elementos gráficos utilizados en la difusión de los mensajes de “Votar es Chingón” no se asemejan en grado alguno con los empleados en la publicidad de precampaña de Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, por lo que no implica apoyo alguno en favor de dicha persona.

No obstante todo lo anterior, la autoridad electoral dijo que analizó de “manera cuidadosa y responsable” las preocupaciones manifestadas por el partido político Morena, y decidió que, “para no constituirse como un factor de disenso en pleno proceso electoral y evitar todo posible señalamiento de parcialidad del IEPC en el desempeño de sus funciones, modificará la palabra ‘chingón’ de su campaña institucional”.

Para tomar esta “difícil decisión”, el órgano electoral local refirió que consideró los siguientes elementos:

  • El partido político Morena sostiene que se le está afectando en la contienda electoral, y aunque esta autoridad electoral difiere completamente de ello, no puede pasar por alto ni tomar con ligereza tan preocupantes señalamientos manifestados por una fuerza política que en el estado se ha coaligado con otros cuatro partidos que le apoyan. Es decir, estamos ante un reclamo no sólo de un partido político, sino de cinco de los nueve que participan en la contienda local.
  • La campaña de promoción del voto diseñada y producida no está aparejada con una determinación de legalidad, sino que se trata de un trabajo creativo cuya modificación no violenta los principios rectores de la función electoral. Es decir, modificar la campaña no supone doblegar la autonomía de este órgano electoral local, pues no estamos ante una decisión jurídica, de arbitraje electoral o de legalidad en la organización de la contienda.
  • Modificar la campaña del IEPC es un acto de voluntad institucional, entendiendo que la autoridad electoral no es ni debe ser parte de la contienda, y no debe permitirse que sea usada como un actor político que juega en favor o en contra de ninguna precandidatura, candidatura, partido o coalición. Esta autoridad no se prestará a este tipo de situaciones, menos aún durante un proceso electoral.
  • No será el IEPC Jalisco un elemento más de discordia, un motivo de mayor polarización, ni dará razón alguna para dudar de la imparcialidad en la organización y arbitraje electoral en este proceso comicial.
  • El IEPC Jalisco actúa con responsabilidad institucional en su función sustantiva de organizar y arbitrar el proceso electoral local concurrente 2023-2024 en Jalisco.

Elizabeth Rivera Avelar

Por Elizabeth Rivera Avelar

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