Por Rodrigo Rivas Uribe
Más que habilitar transporte escolar, los planteles educativos deben contar con su plan de movilidad y seguridad vial, en el que una de las alternativas sea tener el transporte regulado, explicó la diputada Mónica Magaña, presidenta de la Comisión legislativa de Movilidad.
“Es la primera vez que la ley contempla la obligación para todos los planteles educativos que tienen más de 300 alumnos que cuenten con un plan integral de movilidad; que primero evalúen cuál es el destino origen de las y los alumnos, que otorguen alternativas, por ejemplo, si están dando transporte deben de primero regularizarse en la dirección de transporte escolar pero además que se incentive primero la seguridad vial de las y los niños, de los padres”, detalló.
La Secretaría de Transporte refirió que son alrededor de 3 mil las escuelas en el Estado que deben tener un plan de movilidad.
Según lo establecido en la ley, para operar un sistema de transporte escolar se debe tener definido su itinerario y horarios acorde las necesidades particulares de cada escuela.
Sobre el costo del servicio, establece que será el acordado entre autoridades del plantel escolar y el prestador; especifica que quien lo preste debe cumplir la norma general de carácter técnico para transporte especializado.