Fue publicada y entró vigor la reforma que despenalizó el aborto en Jalisco
La reforma al Código Penal con la que se despenalizó el aborto en Jalisco fue publicada en el Periódico Oficial del Estado y ya entró en vigor. Esto confirma lo dicho por el gobernador Enrique Alfaro que descartó vetar la modificación.
Con la medida, se eliminaron las sanciones por la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas de gestación. Sin embargo, mantiene la penalización de 4 meses a un año de prisión a la mujer que voluntariamente procure el aborto después de las 12 semanas de embarazo.
También se contempla castigo de 3 a 6 años de cárcel a quien provoque que una mujer interrumpa el embarazo, sin su consentimiento o en contra de su voluntad, en cualquier momento de la gestación. En los casos donde se compruebe violencia física o psicológica la sanción va de 4 a 6 años de prisión. Si personal médico participa del ilícito, además de la pena de cárcel, se les suspenderá de 1 a 5 años del ejercicio de su actividad profesional.
En el articulo 228 ter se precisa que las sanciones aplicables a la mujer embarazada pueden ser sustituidas por un proceso de atención integral. En el artículo 229 se especifican como excluyentes de responsabilidad penal en el delito de aborto, cuando el embarazo sea resultado de una violación, abuso sexual infantil o inseminación artificial no consentida. Cuando al provocarse la interrupción del embarazo la mujer corra peligro de muerte o riesgo de afectación a su salud. También cuando a juicio de un médico exista razón suficiente para diagnosticar que el producto presenta alteraciones genéticas o congénitas, siempre que se tenga el consentimiento de la mujer embarazada.