Por Rodrigo Rivas
Para evitar que el Poder Ejecutivo estatal aplique el llamado “veto de bolsillo”, que es cuando no publica una reforma aprobada en el Congreso, pero tampoco hacer observaciones formales; la Comisión de Estudios legislativos avaló una reforma a la Constitución del Estado para establecer que, cuando el gobernador no publique una ley o decreto dentro de los plazos establecidos, el Congreso del Estado tendrá la facultad de ordenar la publicación en el Periódico Oficial.
Como justificación de la modificación plantean que el propósito de dar certeza jurídica y evitar retrasos en la entrada en vigor de normas aprobadas por el Poder Legislativo. Actualmente el plazo para la promulgación de decretos o leyes es de 20 días máximo a partir de que el Ejecutivo reciba las minutas y haga observaciones.
Por otra parte, también se avaló medidas como nuevos requisitos para ocupar cargos dentro del Poder Judicial y del Poder Ejecutivo estatal, que las personas aspirantes no deberán contar con sentencias firmes por delitos relacionados con violencia familiar, delitos sexuales, violencia política contra las mujeres, ni estar registradas como deudoras alimentarias morosas.
