Por Rodrigo Rivas Uribe
Para sensibilizar y orientar sobre cómo proceder, se lanzó la campaña “Por un Jalisco Sin Maltrato Animal”. La diputada emecista, Alejandra Giadans Valenzuela, explicó que, junto con la Fiscalía del Estado, pretenden socializar sobre cómo denunciar este tipo de actos, los casos en los que se puede iniciar una investigación y el seguimiento que se da.
“Porque muchas veces falta eso, la socialización, porque las personas no saben a qué número llamar o que es lo que tienen que hacer; nos van a apoyar también a realizar ese protocolo, ya lo tienen, un protocolo sobre qué es lo que se hace cuando ocurren esos delitos”, dijo.
La legisladora realizó el foro “Voces por el Bienestar Animal” para perfilar una iniciativa de ley sobre el tema. En su intervención, Marisol Sánchez Díaz, coordinadora de investigación especializada en delitos varios, informó que en promedio han recibido 100 denuncias por crueldad animal.
Actualmente el Código Pena de Jalisco, en el artículo 305, considera sanción de veinte a ochenta jornadas de trabajo y multa por el equivalente de 20 a 50 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien de manera intencional y derivado de actos de maltrato y crueldad cause lesiones a cualquier animal y que de manera evidente se refleje un menoscabo en la salud del animal, sin afectar de manera permanente el desenvolvimiento y las funciones propias del animal.
En el artículo 306, detalla que se impondrán de ochenta a ciento veinte jornadas de trabajo y multa por el equivalente de cien a trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien, con la intención de causar un daño a un animal, realice actos de maltrato y crueldad que lesionen de forma evidente y afecten de manera permanente las funciones físicas de un animal o que pongan en riesgo la vida del mismo. En los casos de reincidencia, se impondrá una pena de seis meses a dos años de prisión y multa por el equivalente de cien a trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
A quien con la intención de causarle un daño le provoque la muerte a un animal, se le impondrán de seis meses a tres años de prisión y multa de doscientos a mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, la inhabilitación profesional en caso de ejercer profesión relacionada con el cuidado animal, así como el aseguramiento de los animales que estén bajo su resguardo. La pena se incrementará en una mitad cuando se ocasione un grave sufrimiento al provocar la muerte no inmediata, prolongando la agonía del animal.
