Por Diego García
Los mototaxis, vehículos tipo van y algunos vehículos sedanes están permitidos por la nueva Ley de Transporte para prestar el servicio y acercar a los ciudadanos de colonias de difícil acceso a las redes de transporte público, así lo señaló Isaías Ramírez, Director General de Supervisión al Transporte Público, sin embargo tienen que cumplir con un registro.
“Primero se les invitó a acercarse a la Secretaría para que entregaran su documentación, porque ellos están contemplados en la nueva ley como un transporte comunitario, lo que antes se le llamaba cuencas de servicio; se les asignó un polígono específico del cual no pueden salir y sus viajes sólo son para acercar a la gente a las lineas de transporte público porque hay colonias donde no podemos acceder por el tipo de calle, etcétera”.
Los dueños de los vehículos deben de presentar la documentación necesaria de quien conduce los vehículos, pues en algunos casos son varias personas además, deben presentar la constancia de un seguro de Transporte Público, pues el seguro normal no cubre alguna incidencia que se pudiera presentar cuando se presta este tipo de servicio.
Sin dar números de cuántos vehículos actualmente operan bajo esta modalidad, se indicó que se realizan operativos de revisión, en los cuales no se aplican multas sino que aquellos vehículos que no tengan el acercamiento con las autoridades se les retira el vehículo, posteriormente los conductores tienen que hacer un registro para recuperarlos y seguir operando.