Aunque en Jalisco el Congreso Local no ha reformado el Código Penal para eliminar el delito de aborto después de lo aprobado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación de despenalizarlo, los jueces y ministerios públicos están obligados a acatar esta determinación, explicó el presidente del Poder Judicial en el estado, Daniel Espinosa Licón.
“Todos los Congresos de los estados deberán desaparecer este delito de los Códigos Penales, pero si los Congresos no lo quitan, no pasa nada, los agentes del ministerio público y los jueces lo que tendrán que hacer es inaplicar ese artículo del Código Penal, lo correcto es que los Congresos desaparezcan el delito, pero si no lo hacen los ministerios públicos o jueces no aplican el delito, simplemente, de ninguna manera, a menos de que, hay unas figuras que todavía quedan vigentes, por ejemplo, cuando el aborto sea inducido por médicos pero que sean dolosos y que traiga la consecuencia de la expulsión del producto, pero eso son las conductas que entran dentro de la negligencia médica pero por dolo.”
Haremy Reyes García.