Por Rodrigo Rivas
El Instituto Electoral de Jalisco falló al acreditar que la consulta realizada en Bolaños, sobre el cambio de régimen de partidos políticos a sistema normativo indígena de usos y costumbres, se desarrolló conforme a los lineamientos que aprobó; consideró la magistrada, Mónica Soto Fregoso, autora de la sentencia que anuló el cambio régimen y los resultados de la consulta sobre el asunto.
“Es un tema siempre complejo cuando intervienen o se conjuntan la visión adicional con la de los partidos políticos, pero en este caso sostengo que correspondía al Instituto Electoral local demostrar que dichas asambleas se desarrollaron conforme a los lineamientos, aspectos que no pudo ser del todo acreditado; aunado a que la única grabación que existe relativa a una comunidad a aspectos que comprueban una actuación irregular que vulnera la certeza del proceso y su resultado”, expuso.
En la resolución señala la falta de grabaciones de 17 asambleas comunitarias donde se votó a mano alzada, además de que la participación de autoridades tradicionales que podrían haber condicionado el voto.
La consulta sobre el cambio de régimen en Bolaños se realizó el 18 de mayo de 2025 tuvo una participación de 55.17 de listado nominal. A favor de cambio de régimen hubo 2129 votos y por mantenerse en el sistema de partidos 1,468 votos, emitidos principalmente en la cabecera municipal.
La alternativa de cambiar al régimen de usos y costumbres arrasó en las 18 comisarías, donde se votó a mano alzada. Mientras que, en la cabecera municipal donde se usaron urnas electrónicas, la mayoría votó por seguir en el régimen de partidos políticos.
La comunidad de Tuxpan, también denominada Kuruxi Manuwe, solicitó el cambio de régimen con una batalla jurídica que comenzó desde 2020.

